TEXTO ORIGINAL
Los servicios públicos constituyen una garantía para la igualdad de oportunidades y la protección de los derechos fundamentales de la ciudadanía. Para poder prestar unos servicios públicos de calidad, se hace necesario contar con el capital humano que, gracias a su compromiso y vocación de servicio público, satisface las demandas y expectativas de la ciudadanía.
Disponer de empleadas y empleados públicos profesionalizados es una condición necesaria para dar respuesta a las necesidades de la población, para impulsar la actividad económica y para promover la cohesión territorial y social. Además, en el momento actual, son el motor que hace posible la transformación de la Administración, impulsando la innovación y contribuyendo de forma decisiva a la transformación del conjunto de sectores del tejido productivo.
Partiendo de este reconocimiento a su profesionalidad, las Administraciones Públicas deben continuar incorporando personas cualificadas, motivadas y comprometidas con el servicio público. Un conjunto de empleadas y empleados públicos, con capacidad para dar soluciones rápidas a los nuevos desafíos y que contribuyan a prestar el servicio público, siempre orientado a la ciudadanía.
Y todo ello, en el marco de una adecuada planificación de recursos humanos que asegure un dimensionamiento suficiente de efectivos. La Administración del Estado ha iniciado en los últimos años el camino de creación de empleo neto que permita recuperar empleo público, mediante la aprobación de ofertas de empleo público con un importante volumen de plazas.
La planificación estratégica se configura como uno de los pilares que va a permitir alinear los objetivos estratégicos de la Administración con la política de recursos humanos, de forma que las necesidades de personal, tanto desde el punto de vista cuantitativo como cualitativo, tengan que venir determinadas por las propias políticas públicas.
En una sociedad como la actual, innovadora, abierta, plural e inclusiva, la oferta de empleo público se configura como la expresión de la planificación de efectivos en un marco plurianual para promover una adecuada prestación y atención de las necesidades de la ciudadanía.
La oferta de empleo público constituye un valioso instrumento para favorecer la entrada de nuevo talento a la Administración, puesto que, además de establecer el número de plazas a convocar y los perfiles necesarios, sirve para orientar el desarrollo y actualización de los procesos selectivos que de ella se deriven.
En este contexto, resulta fundamental dotar a las administraciones públicas de instrumentos potentes, capaces de atraer personas, actualizando y modernizando los procedimientos de selección y de captación de talento para reforzar y diversificar nuevas incorporaciones al servicio público.
Con estas premisas, la oferta de empleo público para 2022 se caracterizó, además de por su importante número de plazas, por la introducción de importantes medidas dirigidas a agilizar los procesos selectivos, a avanzar en la profesionalización de los órganos de selección, a democratizar el acceso al empleo público y a potenciar la promoción interna.
En este proceso, cabe destacar que una de las principales medidas ha sido la de acumular a las convocatorias derivadas de la oferta de empleo público 2022 todas las anteriores que no hubieran sido objeto de publicación. Esto ha permitido que el empleo público en la Administración del Estado contribuya al mercado de trabajo con la oferta, hasta este momento, de 28.814 plazas de turno libre, de distintos perfiles correspondientes a los ámbitos de administración general, docente no universitario, estatutario sanitario y de habilitación de carácter nacional. Un dato, sin duda, de relevancia fundamental para impulsar y potenciar el empleo público y generar una opción profesional para la ciudadanía.
En relación con la promoción interna, la acumulación de procesos ha permitido, por su parte y hasta el momento, ofrecer a las empleadas y empleados públicos 21.710 plazas, lo que constituye un apoyo para su desarrollo profesional.
Con respecto a los órganos de selección, hay que tener en cuenta la modificación de la Comisión Permanente de Selección por Orden HFP/266/2023, de 12 de marzo. Esta orden dota de nueva estructura al órgano, con el objetivo de proveerle de los medios personales adecuados para poder gestionar los procesos con mayor agilidad y eficacia, potenciando su labor como órgano central de selección y atracción de talento de la Administración.
La oferta de empleo público para 2023 continúa por la misma senda iniciada el año anterior, consolidando y profundizando las medidas ya adoptadas en orden a seguir potenciando la agilidad a los procesos selectivos, a recuperar el empleo público perdido, a rejuvenecer las plantillas, así como a atender las demandas de urgencia en sectores que son, en estos momentos, deficitarios.
Cobra importancia, en este sentido, el Acuerdo Marco para una Administración del siglo XXI, suscrito por el Gobierno de España y las organizaciones sindicales UGT y CCOO, el 19 de octubre de 2022. En virtud de este Acuerdo, ambas partes convienen que las ofertas de empleo público para 2023 fomentarán la creación de empleo neto en el ámbito de las administraciones públicas, basándose para su elaboración en criterios relacionados con la edad y la proyección de jubilación de la plantilla, en la puesta en marcha de nuevos servicios o ampliación de los existentes, así como en la internalización de los mismos.
En cuanto al rejuvenecimiento de las plantillas, se ha profundizado en el análisis de la edad actual de las plantillas y en la proyección de las próximas jubilaciones. De acuerdo con el último estudio de noviembre de 2022 sobre el «Envejecimiento de las plantillas de la Administración General del Estado en 2022 y la proyección futura a 2023», la edad media del personal se sitúa en los 51,32 años, con más del 64% del personal por encima de los 50 años y con una estimación de jubilaciones a 10 años del 58,61 de la plantilla actual.
Los datos de este estudio plantean la necesidad urgente e inaplazable de incorporar nuevo personal a la Administración General del Estado, con el fin de posibilitar una adecuada prestación de los servicios públicos, facilitando una adecuada transferencia de conocimiento y de relevo generacional.
En consecuencia, el rejuvenecimiento de las plantillas requiere indudablemente de una planificación estratégica de los recursos humanos, centrada sobre todo en aquellos sectores considerados críticos para la organización.
Para la elaboración de esta oferta de empleo público se ha tenido también en cuenta como objetivo principal la necesidad de atender demandas de urgencia en plantillas deficitarias, fundamentalmente en los servicios públicos ubicados en el territorio, encargados de la prestación de servicios de atención a la ciudadanía, de forma que se permita potenciar la calidad de la atención directa.
La administración pública está inmersa en un proceso de transformación digital de los servicios públicos para mejorar la eficacia y la eficiencia en su actuación, proceso que tiene que realizarse en condiciones adecuadas para garantizar los derechos de la ciudadanía y sobre todo tener en cuenta el lado humanista de la digitalización, poniendo a la persona en el centro, de forma que permita avanzar a la sociedad, potenciando al mismo tiempo los valores de la democracia y la igualdad. Para la construcción de este modelo humanista y digital se requieren distintos perfiles profesionales y en número suficiente.
Asimismo, esta oferta prevé, en los términos establecidos por la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado de 2023, plazas que derivan de la determinación de nuevos servicios que servirán para impulsar y fortalecer el sector público. Cabe destacar en este sentido los siguientes ámbitos cuyas plazas tienen reflejo en la disposición adicional cuarta de este real decreto:
Para el ámbito de los sistemas y tecnologías de la información se requiere dotar de recursos humanos para el cumplimiento e implementación de los objetivos estratégicos «digitalización de la Administración y procesos», «modernización de las Administraciones Públicas» y «refuerzo de las capacidades administrativas», del Componente 11 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
En el caso de las entidades gestoras de la Seguridad Social (Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social) el proyecto iniciado el año anterior continúa en su proyección plurianual, con el fin de garantizar la implementación de las modificaciones normativas operadas y facilitar la atención y asistencia a la ciudadanía, en materias propias de la Seguridad Social, tal y como la prestación del Ingreso Mínimo Vital, previsto en la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, así como la potenciación del control del fraude en materia de cotizaciones, empresas ficticias y prestaciones.
En el caso de los organismos reguladores: Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), el Museo Nacional del Prado y el Sistema Portuario estatal las nuevas competencias o funciones exigen dotar de un refuerzo orientado a afrontar los nuevos servicios encomendados.
Adicionalmente, en la elaboración de esta oferta de empleo público se ha tenido en cuenta en relación con la cuantificación de plazas, la previsión contenida en el artículo 20.Dos.4 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023, que permite a cada Administración autorizar una tasa específica para dar cumplimiento al objetivo previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de temporalidad en el empleo público para que la temporalidad no supere el 8 %.
En este marco, se incluyen entre otras las plazas correspondientes al programa de gestión del Ingreso Mínimo Vital, que ha devenido estructural con el trascurso del tiempo desde su implementación, o las correspondientes a la escala de funcionarios con habilitación de carácter nacional como refuerzo y reducción de temporalidad en el ejercicio de esa actividad.
Otra de las novedades de la oferta de empleo público 2023 lo constituye la apuesta de forma decidida por la promoción interna, siguiendo el espíritu del Acuerdo de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado de 3 de noviembre de 2022, sobre los criterios generales que deben regir la selección de personal a través de los procesos de promoción interna. Esta modalidad de acceso se concibe como un derecho individual del empleado o empleada pública que redunda en beneficio de la propia organización y, por tanto, en una prestación más eficiente de los servicios públicos.
Además, la oferta de empleo público para 2023 recoge el testigo de la oferta del año anterior, en relación con las previsiones para avanzar en la profesionalización de los órganos de selección, para favorecer una mayor agilidad y celeridad en las convocatorias y ejecución de los procesos selectivos, para promover la igualdad en el acceso al empleo público y, en definitiva, para consolidar un modelo de planificación de recursos humanos, con un enfoque de gestión de personas a largo plazo, sistemático y estratégico.
Por otra parte, la oferta de empleo público se encuentra ligada a la ley de presupuestos generales del Estado de cada año y ha de estar alineada con ella en la consecución de los grandes retos de país. La política de recursos humanos de la Administración General del Estado persigue un objetivo: garantizar la prestación de unos servicios públicos en condiciones de excelencia y capaces de garantizar derechos y prestaciones de tercera generación.
En este sentido, la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 presenta importantes novedades en cuanto a la oferta de empleo público.
En primer lugar, se consolida la tasa de reposición de efectivos, que para 2023 alcanza el 110 % como norma general; el 120 % para los considerados como sectores prioritarios, que son contemplados en la ley del año anterior, a los que suma la seguridad y operaciones portuarias; y un 125 % para Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y policías autonómicas y locales.
En segundo lugar, se consolidan otras reglas como son la posibilidad de incorporar, sin computar en tasa, las plazas derivadas de la asunción de nuevos servicios cuyo establecimiento venga impuesto en virtud de una norma estatal, autonómica o local o de la internalización de servicios.
En tercer lugar y con el fin de permitir una mayor cobertura de las plazas, se permite que las plazas que hubieran quedado desiertas en los procesos de los tres años anteriores puedan incorporarse a las convocatorias, de manera diferenciada para facilitar su trazabilidad.
En cuarto lugar, la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023 prevé la inclusión de las plazas de personal funcionario interino por vacante y personal laboral sustituto que haya sido nombrado ese año, en la oferta de empleo público del 2023 y, si no fuera posible, en la del 2024.
En quinto lugar, se ha tenido en cuenta en el desarrollo de la oferta la tasa específica prevista en el artículo 20. Dos. 4 LPGE 2023, con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, y evitar que la temporalidad supere el 8 % en las administraciones públicas.
A través de la acción conjunta de todos estos elementos, las administraciones públicas deben procurar una adecuada prestación de los servicios respetando la estabilidad en el empleo público.
Este real decreto de aprobación de la oferta de empleo público para 2023 se adopta por el Gobierno en virtud de las normas siguientes:
El artículo 20. Seis de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, indica que la oferta de empleo público de la Administración General del Estado, sus organismos públicos y demás entes públicos estatales se aprobará por el Gobierno, a iniciativa de los departamentos ministeriales u organismos competentes y a propuesta del Ministerio de Hacienda y Función Pública.
El artículo 92 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, señala que corresponde al Estado la aprobación de la oferta de empleo público de los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
En el ámbito de la Administración de Justicia, el artículo 482 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Los principios orientadores a los que responde el real decreto de oferta de empleo público para 2023 son los siguientes:
En primer lugar, responde al principio de necesidad, con el objetivo de incorporar las plazas que deben ser objeto de reposición previa petición y análisis de las necesidades, con proyección plurianual, de cada departamento ministerial, organismo o entidad, así como de la Administración de Justicia.
También responde a una finalidad básica como es la garantía de transparencia y publicidad a la ciudadanía en relación con las posibilidades de acceso a la función pública, configurándose como un instrumento de gestión y de difusión.
En este sentido, la oferta de empleo público aporta certeza y transparencia de cara a los futuros procesos selectivos, de modo que la ciudadanía puede conocer no sólo las plazas a convocar, sino también en qué áreas de actividad, así como cuáles son las reglas básicas del desarrollo de los procesos.
Las convocatorias derivadas de esta oferta de empleo público velarán por garantizar el principio de eficacia consagrado en el artículo 103.1 de la Constitución Española, buscando la celeridad, agilización y modernización de los procesos selectivos, evitando su dilatación excesiva en el tiempo y respetando los principios de igualdad, mérito y capacidad en el acceso a la función pública, contemplados en el apartado 3 del mismo artículo del texto constitucional.
En las bases de convocatoria se tendrá en cuenta la necesaria minoración de las cargas administrativas, garantizando los derechos de los particulares, de acuerdo con la legislación vigente y sin que en ningún caso esta regulación pueda conllevar una restricción de sus derechos.
Por último, se avanza en la democratización en el acceso al empleo público ya que se posibilita la realización de las pruebas selectivas de forma descentralizada en el territorio.
El desarrollo de la oferta de empleo público ha de tener en cuenta el avance de la digitalización. Por este motivo, en relación con la presentación de solicitudes para participar en los procesos selectivos, el presente real decreto incorpora la previsión de la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, referida a la obligatoriedad de uso de medios electrónicos en los procesos selectivos para el acceso al empleo público en el ámbito de la Administración General del Estado.
El 10 de julio de 2023, la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado, previa negociación en el seno de la Comisión Técnica de Temporalidad y Empleo de la Administración General del Estado, acuerda que se tramite de manera inmediata el real decreto por el que se aprueba la oferta de empleo público 2023. Asimismo, la Comisión Superior de Personal, fue informada en la reunión celebrada por este órgano colegiado el día 5 de julio de 2023.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Hacienda y Función Pública, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 11 de julio de 2023,