TEXTO ORIGINAL
En aplicación de la base 3.3 de la Resolución de la Secretaría de Estado de Seguridad de fecha 05 de enero de 2023 (BOE núm. 13 de 16 de enero de 2023), por la que se convocaron pruebas de selección para Vigilante de Seguridad y su especialidad de Vigilante de Explosivos y Escolta Privado, se dispone lo siguiente:
Primero. Lista de personas admitidas.
Aprobar y hacer pública la lista de personas admitidas a la convocatoria, con indicación del número del Documento Nacional de Identidad o Número de Identificación de Extranjeros, en la forma prevista en la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como la ciudad sede de examen asignada para la realización de las correspondientes pruebas.
Dicho listado podrá consultarse en las páginas web: http://www.policia.es, http://www.interior.gob.es y http//www.administracion.gob.es.
Segundo. Lista de personas excluidas y causas de exclusión.
A propuesta del Tribunal Calificador, se hace pública la relación de personas excluidas en Anexo I a la presente resolución, y en los organismos y dependencias a que se refiere el número punto anterior, la lista de personas excluidas, con indicación, además, de la causa o causas de exclusión, las cuales se determinan por letras, con arreglo a las siguientes equivalencias:
(A) Falta de firma digital en la instancia.
(B) No haber efectuado el pago de la tasa por derechos de examen de forma telemática.
(C) Falta de requisito de edad.
(D) Carecer de la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo; o bien que no le sea aplicable lo dispuesto en la legislación sobre régimen comunitario conforme al Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo; o no ser nacional de un tercer Estado que tenga suscrito con España un convenio internacional en el que cada parte reconozca el acceso al ejercicio de estas actividades a los nacionales de la otra.
Tercero. Lugar y fecha de realización de las pruebas.
En la lista de personas convocadas se hace constar la sede de examen asignada a cada persona participante: Baleares, Córdoba, Jaén, Madrid, Santa Cruz de Tenerife, Santiago de Compostela, Tarragona, Valencia y Zaragoza.
En Anexo II al presente Acuerdo, se hace pública la convocatoria a pruebas con indicación de los lugares de realización y el calendario detallado de las mismas, a tenor de lo establecido en el punto 3.4 de la convocatoria. La comparecencia de una persona aspirante en sede distinta a la asignada implicará su exclusión del proceso.
Cuarto. Recursos.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente por la persona interesada recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Secretaría de Estado de Seguridad y Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 11, núm. 1.a), de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución de conformidad con el artículo 46, núm. 1, de dicha Ley.
Madrid, 7 de marzo de 2023.–El Secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez Ruiz.