TEXTO ORIGINAL
Advertidos errores en la Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre, publicada en el «Boletín Oficial de Estado», número 313, de 30 de diciembre de 2022, y al amparo de lo establecido en el artículo 109.2. de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se resuelve:
Primero.
Modificar el apartado C en su primer párrafo de la página 191081 de la Orden mencionada donde dice: «Por ejercicios de los procesos de las convocatorias de las Ofertas de Empleo Público de los años 2015, 2016 y acumulada 2017-2018 de cualquiera de los Cuerpos de la Administración de Justicia, tanto de turno libre como de promoción interina» debe decir: «Por ejercicios de los procesos de las convocatorias de las Ofertas de Empleo Público de los años 2015, 2016 y acumulada 2017-2018 de cualquiera de los Cuerpos de la Administración de Justicia, tanto de turno libre como de promoción interna».
Segundo.
Modificar el apartado C en su primer párrafo de la página 191085 de la Orden mencionada donde dice: «Por ejercicios de los procesos de las convocatorias de las Ofertas de Empleo Público de los años 2015, 2016 y acumulada 2017-2018 de cualquiera de los Cuerpos de la Administración de Justicia, tanto de turno libre como de promoción interina» debe decir: «Por ejercicios de los procesos de las convocatorias de las Ofertas de Empleo Público de los años 2015, 2016 y acumulada 2017-2018 de cualquiera de los Cuerpos de la Administración de Justicia, tanto de turno libre como de promoción interna».
Tercero.
Modificar el apartado C en su primer párrafo de las páginas 191089 y 191090 de la Orden mencionada donde dice: «Por ejercicios de los procesos de las convocatorias de las Ofertas de Empleo Público de los años 2015, 2016 y acumulada de cualquiera de los Cuerpos de la Administración de Justicia, tanto de turno libre como de promoción interina» debe decir: «Por ejercicios de los procesos de las convocatorias de las Ofertas de Empleo Público de los años 2015, 2016 y acumulada 2017-2018 de cualquiera de los Cuerpos de la Administración de Justicia, tanto de turno libre como de promoción interna».
Cuarto.
Modificar el apartado 1 en su primer párrafo de la página 191077 de la Orden mencionada donde dice:» El primer y segundo ejercicio tendrán lugar en el mismo día y hora en todas las sedes de examen; en un único acto de examen, uno a continuación de otro» debe decir: «Todos los ejercicios tendrán lugar en el mismo día y hora en todas las sedes de examen, en un único acto de examen, uno a continuación de otro».
Quinto.
Modificar el apartado D en su primer párrafo de la página 191082 de la Orden mencionada donde dice: «Por cada mes completo de servicios prestados como titular, interino o sustitutito en el resto de los Cuerpos Generales y Letrados de la Administración de Justicia,» debe decir: «Por cada mes completo de servicios prestados como titular, interino o sustituto en el resto de los Cuerpos Generales, Letrados de la Administración de Justicia, Jueces sustitutos o Fiscales sustitutos»
Sexto.
Modificar el apartado D en su tercer párrafo de la página 191086 de la Orden mencionada donde dice: «Por cada mes completo de servicios prestados como titular, interino o sustituto en el resto de los Cuerpos Generales y Letrados de la Administración de Justicia,» debe decir: «Por cada mes completo de servicios prestados como titular, interino o sustituto en el resto de los Cuerpos Generales, Letrados de la Administración de Justicia, Jueces sustitutos o Fiscales sustitutos»
Séptimo.
Modificar el apartado D en su tercer párrafo de la página 191090 de la Orden mencionada donde dice: «Por cada mes completo de servicios prestados como titular, interino o sustituto en el resto de los Cuerpos Generales y Letrados de la Administración de Justicia,» debe decir: «Por cada mes completo de servicios prestados como titular, interino o sustituto en el resto de los Cuerpos Generales, Letrados de la Administración de Justicia, Jueces sustitutos o Fiscales sustitutos».
Octavo.
Publicar esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 31 de enero de 2023.–La Ministra de Justicia, P. D. (Orden JUS/987/2020 de 20 de octubre), el Secretario General para la Innovación y la Calidad del Servicio Público de Justicia, Manuel Olmedo Palacios.