| Subalternos Ayuntamientos. |
| Martes, 08 de Junio de 2010 12:53 | ||
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REQUISITOS
-Estar en posesión del título del certificado de escolaridad o equivalente. -No superar la edad de jubilación. -Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el desempeño de las funciones a cubrir. -No estar separado por causa de expediente disciplinario ni inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
OPOSICIÓN. EJERCICIOS Primer ejercicio: obligatorio y eliminatorio. Responder en un periodo máximo de 30 minutos un cuestionario de 25 preguntas con cuatro respuestas alternativas, de las cuales solo una es correcta, en base al contenido de la parte general del temario. El resultado de la prueba será de 0 a 10 puntos. Segundo ejercicio. Consistirá en resolver un supuesto práctico que se desarrollará por escrito durante un período máximo de una hora, que propondrá el tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio y en base al contenido de la parte general del temario. Tercer ejercicio. Català: Los aspirantes acreditarán mediante la presentación de un certificado, el conocimiento oral y escrito de la lengua catalana equivalente al Nivell Intermedi ( Nivell B), de la Secretaría de Política Lingüística o equiparable. En caso que no se tenga este certificado, el tribunal evaluará los conocimientos adecuados de la lengua catalana, en función del puesto a proveer y del nivel exigido mediante la realización de una prueba equivalente al Nivell B. El resultado será apto/no apto. Nota: Dependiendo del consitorio, pueden haber más pruebas consistentes en la resolución de casos prácticos, desarrollo de temas por escrito, o bien, pruebas psicotécnicas. Cuarto ejercicio: obligatorio y eliminatorio. Consistirán en pruebas psicotécnicas objetivas que cumplirán los requisitos de validez y fiabilidad. Estarán ajustadas a baremos y serán estandarizadas y tipificadas en una amplia muestra de población que permita garantizar la confianza en los resultados obtenidos. Serán pruebas aptitudinales y cuestionarios de personalidad que deberán determinar si el perfil de capacidad aptitudinal y profesiograma caracterológico obtenido de cada uno de los aspirantes se adecua al perfil para el ejercicio de funciones y tareas que corresponden a la plaza. Quinto ejercicio: obligatorio y no eliminatorio. Se realizará una entrevista para valorar las competencias y las habilidades del aspirante. La valoración será de 0 a 10 puntos. TEMARIO Parte primera: materias comunes. Tema 1. La Constitución Española. Contenido esencial. Principios Generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Tema 2. Estructura de la Administración Pública. Tema 3. El municipio: territorio, organización y competencias. Órganos de gobierno del municipio: El alcalde. Los Tenientes de alcalde. Los concejales. El Pleno del Ayuntamiento. Las Juntas de Gobierno Local. Comisiones Informativas. Tema 4. Procedimiento administrativo local: el acto administrativo y el procedimiento administrativo. Tema 5. Ordenanzas, Reglamentos y Bandos de las Entidades locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación. Tema 6. Organización de la Función Pública Local. Derechos y deberes. Régimen disciplinario. Situaciones administrativas. Parte segunda: materias específicas Tema 1. El Ayuntamiento y las Diputaciones: particularidades en la organización y funcionamiento. Tema 2. El derecho del ciudadano ante la administración. Atención al administrado: acogida e información. Tema 3. La comunicación y el lenguaje. Tipos de comunicación: oral, telefónica y escrita. La comunicación no verbal. Tema 4. Concepto de documento, registro y archivo. Funciones del registro y del archivo. Tema 5. Comunicaciones y notificaciones. Recepción y distribución de correspondencia. Tema 6. Funciones y cometidos del cuerpo subalterno. Tema 7. Nociones básicas sobre la prevención de riesgos laborales. Tema 8. Nociones básicas de funcionamiento de instalaciones. Instalaciones de electricidad, gas agua, calefacción y aire acondicionado. Tema 9. Nociones básicas sobre seguridad en edificios. Evacuación. Instalaciones de protección contra incendios.
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